Por: Luis Britto García
¡¡¡A votar se ha dicho!!!
Imagen: LuisBritto García |
Más de dos siglos llevamos desde la primera elección para la Constituyente de 1811, y estamos como estamos. El nefasto Pacto de Punto Fijo limitó el debate a planchas y candidaturas.
Así, elegimos al candidato Monchito por simpático, y después lo sorprendemos entregando la soberanía de Venezuela a tribunales extranjeros como si eso fuera majarete hecho en su casa.
O elegimos al sapiente doctor Mancuerna para que ahí mismo salga a promover casinos o leyes de privatización de ríos, lagos y lagunas o de la industria petrolera. Escojamos quién nos va a gobernar, pero también cómo. Sugiero respetuosamente que además de elegir planchas y candidaturas, la pantalla comicial nos posibilite elegir las opciones que exponemos como obligatorias para los elegidos:
Elija el salario que desea recibir:
-Trabajar sin recibir salario.
-Trabajar por un salario que no cubra la Canasta Básica necesaria para sobrevivir.
-Trabajar por un salario que por lo menos cubra la Canasta Básica de Bienes y Servicios, de acuerdo con el artículo 91 de la Constitución: “El Estado garantizará a los trabajadores y trabajadoras del sector público y del sector privado un salario mínimo vital que será ajustado cada año, tomando como una de las referencias el costo de la canasta básica”.
Elija cómo se deben fijar los precios:
-Por una página web extranjera.
-Por los mismos que venden los bienes, en dólares y al precio que se les ocurra.
-Por los consumidores y el gobierno, en moneda nacional, teniendo en cuenta el costo de producción y un margen de ganancia no especulativo.
Elija qué debemos hacer con el territorio venezolano:
-Dejar que lo ocupen extranjeros que no se someten a nuestros tribunales ni nuestras leyes y llamarlo Zona en Reclamación.
-Dejar que lo ocupen empresas extranjeras que no se someten a nuestras leyes ni nuestros tribunales y llamarlo Zonas Económicas Especiales.
-Defender la unidad del territorio venezolano y la plena aplicación en toda su extensión de las leyes y los tribunales de la República conforme a lo dispuesto en el artículo 11 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el cual dispone que “
La soberanía plena de la República se ejerce en los espacios continental e insular, lacustre y fluvial, mar territorial, áreas marinas interiores, históricas y vitales y las comprendidas dentro de las líneas de base recta que ha adoptado o adopte la República; el suelo y subsuelo de éstos; el espacio aéreo continental, insular y marítimo y los recursos que en ellos se encuentran, incluidos los genéticos, los de las especies migratorias, sus productos derivados y los componentes intangibles que por causas naturales allí se encuentren”.
Elija quién debe pagar impuestos por sus ganancias obtenidas en Venezuela:
-Nadie debe pagar impuestos.
-Las empresas y personas extranjeras no deben pagar impuestos por sus ganancias obtenidas en Venezuela y los venezolanos debemos pagar lo que debemos y lo que los extranjeros deben y no pagan.
-Todo el que obtenga ganancias en Venezuela debe pagar impuestos en nuestro país, de acuerdo con el artículo 137 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, según el cual: “No podrá cobrarse impuesto, tasa, ni contribución alguna que no estén establecidos en la ley, ni concederse exenciones y rebajas, ni otras formas de incentivos fiscales, sino en los casos previstos por la ley que cree el tributo correspondiente”.
Elija el destino de las empresas y bienes públicos de Venezuela:
-Deben ser regalados al primero que los pida.
-Deben ser subastados en absoluto secreto y el precio no debe ser entregado al Tesoro Nacional sino a un fondo que se administrará en secreto.
-Sólo deben ser vendidos en caso de absoluta necesidad, en pública subasta con cumplimiento de todos los requisitos legales, en condiciones de total transparencia informativa, y el precio debe ser ingresado al Tesoro Nacional para cubrir los gastos públicos.
Elija el inversionista que prefiere:
-Inversionistas a los cuales tenemos que suministrarles el capital para que inviertan.
-Inversionistas a los cuales tenemos que suministrarles el capital, entregarles nuestros recursos naturales y estratégicos, aportarles gratuitamente infraestructuras y servicios públicos, exonerarlos de pagar impuestos, librarlos de obligaciones para con sus trabajadores y declararlos inmunes a las leyes y tribunales venezolanos.
-Inversionistas que tengan capital para invertir, paguen impuestos, cumplan con las normas laborales, sociales, ambientales y ecológicas y estén sometidos a nuestras leyes y tribunales.
Elija las condiciones en que debe operar el capital extranjero:
-Que haga lo que le dé la gana.
-Que tenga mejores condiciones y beneficios que el capital nacional.
-Que esté sometido al artículo 301 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela: “El Estado se reserva el uso de la política comercial para defender las actividades económicas de las empresas nacionales públicas y privadas. No se podrá otorgar a empresas y organismos o personas extranjeros regímenes más beneficiosos que los establecidos para los nacionales. La inversión extranjera está sujeta a las mismas condiciones que la inversión nacional”.
Elija el control que se debe aplicar a la gestión pública:
-Ningún control en absoluto.
-Sólo control posterior, sólo por muestreo, nada más que a la administración centralizada, y que institutos autónomos, fundaciones, empresas públicas y estados, municipios y comunas se controlen ellos mismos sin rendir cuentas a nadie.
-Control previo, concomitante y posterior informatizado y en tiempo real de toda la administración centralizada y descentralizada, con verificación del cumplimiento de las metas y programas presupuestados y responsabilidad administrativa, civil y penal por incumplimiento.
Elija usted el destino de los funcionarios que incumplan con el mandato aquí consignado:
-Volver a votar por ellos.
-Seguir eligiéndolos 20 años más a ver si se corrigen.
-Destitución inmediata e investigación de su patrimonio.
EN RESUMEN: ¡¡¡A votar se ha dicho!!!
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